El Gobierno entrega al Supremo la lista de 163.355 afectados por la suspensión del voto de la "ley de nietos"

SUSPENSIÓN VOTO EXTERIOR

El Ejecutivo cumple el plazo fijado por el alto tribunal y solicita que la relación nominal sea declarada reservada para proteger los datos personales de los nacionalizados españoles

El Tribunal Supremo en la Plaza de la Villa de París, en Madrid.
El Tribunal Supremo en la Plaza de la Villa de París, en Madrid.

El Gobierno ha remitido al Tribunal Supremo el listado de 163.355 personas que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la Ley de Memoria Democrática y que podrían ver suspendido su derecho al voto en las próximas elecciones generales, si no acreditan su condición de descendientes de exiliados.

La entrega se ha realizado dentro del plazo establecido por el alto tribunal, que vencía este miércoles a las 15.00 horas, según han informado fuentes del Ejecutivo a Europa Press. El Supremo había requerido al Gobierno la relación nominal de los afectados tras suspender cautelarmente la posibilidad de que este colectivo ejerciera su derecho al sufragio.La Abogacía del Estado ha solicitado que el listado tenga carácter reservado, debido a que contiene datos personales sensibles, con el objetivo de evitar un uso ilegítimo de esa información.

La elaboración de la relación de afectados ha requerido la coordinación de distintos departamentos ministeriales y oficinas consulares. Según el Gobierno, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación organizó los trabajos de revisión de los expedientes de nacionalización y autorizó las asistencias técnicas necesarias para completar la tarea dentro del plazo judicial.

Las instrucciones para recabar la información se enviaron a las oficinas consulares el pasado 15 de septiembre, después de que el Ejecutivo recibiera la notificación de la resolución judicial que acordaba la suspensión cautelar del voto.Asimismo, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes remitió el 15 de octubre a la Oficina del Censo Electoral una relación de 76.600 personas que figuran en DICIREG, el Registro Civil digital, como nacionalizadas en virtud de los supuestos contemplados en la Ley de Memoria Democrática.

El Gobierno defiende la legalidad del procedimiento

Desde el Ejecutivo se sostiene que las personas incluidas en los listados obtuvieron la nacionalidad mediante procedimientos previstos en la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, y en las instrucciones que desarrollaron su aplicación, incluida la presunción de exilio en determinados supuestos.

El Gobierno considera que estos procedimientos son equivalentes a los aplicados tras la Ley de Memoria Histórica de 2007, que permitieron tramitar nacionalizaciones durante años sin que, según las fuentes gubernamentales, se produjeran impedimentos similares para el ejercicio del voto.

Asimismo, calcula que el impacto electoral potencial sería limitado. Si todas las personas afectadas estuvieran inscritas en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), la participación habitual de los electores residentes en el extranjero supondría menos de 14.000 votos distribuidos entre las 52 circunscripciones electorales. Esa cifra representaría menos del 0,06 % de los votos registrados en las elecciones generales de 2023, según las estimaciones del Ejecutivo.

La incidencia efectiva podría ser todavía menor, ya que el listado incluye a personas que no figuran en el CERA, como menores de edad o personas fallecidas.

El Supremo había advertido de posibles multas

El pasado viernes, el Tribunal Supremo concedió al Gobierno cinco días para entregar la relación nominal de los afectados y advirtió de posibles sanciones en caso de incumplimiento. El requerimiento se dirigió a los ministros Félix Bolaños, titular de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y José Manuel Albares, responsable de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. La documentación debía remitirse también a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral.

No en vano, la resolución judicial contemplaba multas coercitivas de 1.000 euros a los ministros en caso de incumplimiento, con la posibilidad de reiterarlas hasta la ejecución completa de lo ordenado, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran derivarse.

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