Un jurista de la Junta Electoral Central pide que se revisen las inscripciones de nacionalizados por la "ley de nietos"
LEY DE NIETOS
El vocal ha presentado un voto particular frente a la decisión de la Junta Electoral Central de reforzar los requisitos para acreditar el municipio de inscripción en el censo exterior
Uno de los juristas propuestos en su día por el Partido Popular para formar parte de la Junta Electoral Central (JEC) ha defendido la conveniencia de revisar las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de los ciudadanos nacionalizados por la llamada "Ley de nietos", según informa Europa Press.
El jurista ha presentado un voto particular frente a la resolución aprobada este jueves por la JEC para reforzar los requisitos que deben cumplir los electores residentes en el extranjero a la hora de justificar el municipio al que quedan adscritos electoralmente y, por tanto, la circunscripción en la que ejercen su derecho al voto.
Según Europa Press, se trata de uno de los cinco juristas que forman parte de la JEC a propuesta de los grupos parlamentarios. El organismo está integrado además por ocho magistrados del Tribunal Supremo elegidos mediante sorteo.
La Junta Electoral Central acordó asumir las propuestas de la Oficina del Censo Electoral (OCE) para que los electores inscritos en el extranjero justifiquen el municipio al que desean adscribirse. La normativa vigente desde 2011 establece que los españoles residentes en el exterior que hayan vivido anteriormente en España deben inscribirse en el municipio de su última residencia. Si optan por otro municipio, deben presentar una declaración explicativa y documentación que justifique su elección.
Sin embargo, esta obligación no se aplica de la misma manera a quienes nunca han residido en España, entre ellos determinados descendientes de exiliados españoles que adquirieron la nacionalidad al amparo de la disposición de la Ley de Memoria Democrática conocida como «ley de nietos».
En estos casos, la normativa permite la inscripción en el municipio de «mayor arraigo, propio o de alguno de sus ascendientes».
Un voto particular
La decisión adoptada por la JEC no fue unánime. Uno de sus 13 integrantes presentó un voto particular en el que, según Europa Press, defendió la necesidad de revisar las inscripciones en el CERA de los nuevos electores que se han producido durante los últimos años al amparo de la llamada «ley de nietos».La posición del jurista va, por tanto, más allá de la decisión adoptada por la mayoría de la JEC, que ha optado por establecer requisitos y documentación más concretos para acreditar el municipio de inscripción.
La nueva instrucción pretende precisar qué documentos pueden aportar los electores para justificar el arraigo con la localidad elegida y facilitar criterios comunes para la actuación de las oficinas consulares y electorales.
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