Un juzgado de Asturias da la razón a una emigrante a la que demandó su madre por la propiedad de un traje de llanisca
CONFLICTO POR UN TRAJE REGIONAL
La abogada Alejandra Gutiérrez Sustacha, que ha defendido a la mujer demandada, señala que la sentencia del Juzgado de Llanes considera probado que el traje regional fue donado a la hija cuando era adolescente
Un traje tradicional de llanisca ha terminado enfrentando en los tribunales a una familia con raíces en Llanes y residencia en Bélgica. La sentencia, dictada recientemente por el Juzgado de Primera Instancia de Llanes, da la razón a una mujer que fue demandada por su propia madre, quien reclamaba la propiedad de una indumentaria regional que ella misma le había regalado décadas atrás.
El caso, calificado por su abogada como “atípico y profundamente doloroso en el plano familiar”, gira en torno a un traje de aldeana comprado en los años ochenta, cuando las hijas del matrimonio eran adolescentes. Según explicó a La Región Internacional, Alejandra Gutiérrez Sustacha, la madre inició una acción reivindicatoria al considerar que el vestido le pertenecía por haberlo custodiado durante años, una tesis que el juzgado ha rechazado.
“La jueza concluye que no puede prosperar la reclamación porque no se ha acreditado la posesión en concepto de dueña”, explica la letrada. “La custodia o el cuidado de un bien no equivale a ser su propietario. En este caso quedó probado que el traje fue un regalo de los padres a su hija, y eso es determinante”.
La sentencia, que aún no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Oviedo, está —según la abogada— “muy bien fundamentada”. “Cabe recurso hasta principios de febrero, pero entendemos que tiene pocas posibilidades de prosperar”, señala Gutiérrez Sustacha, aunque matiza que se trata de una valoración personal.
El conflicto se remonta a las fiestas del verano pasado, cuando una de las nietas utilizó el traje en celebraciones tradicionales en Nueva de Llanes. Tras decidir llevárselo consigo, la situación derivó primero en una denuncia ante la Guardia Civil —archivada por tratarse de un conflicto civil— y, posteriormente, en una demanda judicial presentada en abril de este año.
Durante el juicio, los testimonios de los testigos resultaron decisorios. “Se demostró que tanto en el ámbito familiar como en el social era conocido como ‘el traje de Nathalie’”, explica la abogada. Incluso la propia demandante reconoció en sala que “su ilusión siempre fue que sus hijas tuvieran un traje cada una”, un extremo que reforzó la tesis de la donación.
El juzgado también tuvo en cuenta que el traje había permanecido durante años en casa de la abuela para su conservación, una situación que jurídicamente se calificó como “depósito voluntario”. “Eso no convierte a quien lo guarda en su dueño”, subraya Gutiérrez Sustacha.
Más allá de su valor económico —la propia demandante llegó a cifrarlo en unos 6.000 euros—, el traje posee un fuerte componente sentimental. “Estos trajes tienen un valor emocional incalculable. En muchas casas de Llanes forman parte de la identidad familiar y de la transmisión entre generaciones”, apunta Sustacha
Pese a los intentos de alcanzar un acuerdo extrajudicial, incluso con compensación económica, no fue posible evitar el juicio. “En ningún momento mi clienta se planteó devolverlo. Era un regalo de su padre, que ya falleció, y también estaba la ilusión de su hija”, explica.
El fallo judicial concluye que “un regalo es un regalo” y que no puede reclamarse años después por quien lo entregó, una decisión que ha despertado un notable interés social por lo que simboliza: el choque entre vínculos familiares, tradiciones profundamente arraigadas y principios básicos del derecho civil.
La resolución aún puede ser recurrida, pero mientras tanto deja una enseñanza clara, en palabras de la propia abogada: “A veces los tribunales tienen que resolver conflictos que no son solo jurídicos, sino también del alma”.
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