La "ley de nietos" abre un nuevo frente judicial a las puertas de las elecciones del 29-N
SUSPENSIÓN VOTO EXTERIOR
Iustitia Europa pide al Supremo aplazar las elecciones hasta garantizar la suspensión de la "ley de nietos" y Gobierno alega que es "materialmente imposible" distinguir antes del 29 de noviembre a los inscritos en el censo exterior que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática de quienes la adquirieron por otras vías
La controversia judicial sobre la "ley de nietos" suma un nuevo capítulo a pocas semanas de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. Iustitia Europa ha pedido al Tribunal Supremo que suspenda los comicios hasta que pueda garantizarse el cumplimiento efectivo de las medidas cautelares acordadas sobre el voto de los nuevos nacionalizados a través de la Ley de Memoria Democrática, mientras la Abogacía del Estado sostiene que resulta "materialmente imposible" distinguir a tiempo a los afectados. En paralelo, la Fiscalía de Madrid ha solicitado que se inadmita una querella contra la secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente, por presunta prevaricación.
Los argumentos de Iustitia Europa para aplazar las elecciones
El partido Iustitia Europa ha solicitado al Supremo que suspenda las elecciones generales del 29 de noviembre durante el tiempo que considere imprescindible para garantizar la ejecución de la resolución cautelar del pasado septiembre.
En el escrito presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la formación presidida por Luis María Pardo argumenta que la propia Abogacía del Estado ha reconocido las dificultades para identificar, dentro del plazo electoral, qué expedientes corresponden a personas afectadas por la suspensión.
Según el partido, celebrar la votación sin resolver esa cuestión podría comprometer la aplicación efectiva de la decisión judicial y las garantías del proceso electoral. La formación sostiene que la paralización de los comicios sería una respuesta adecuada a la imposibilidad de ejecutar las medidas en el calendario previsto.
La petición no supone que las elecciones se vayan a suspender: corresponde al Tribunal Supremo pronunciarse sobre la solicitud y sobre las medidas necesarias para aplicar su resolución.
El Gobierno alega que no puede distinguir a los afectados a tiempo
Por su parte, L¡la Abogacía del Estado ha trasladado al Supremo que no es posible diferenciar, en los plazos disponibles, entre los españoles inscritos en el CERA que obtuvieron la nacionalidad a través de la "ley de nietos" y quienes la adquirieron por otras vías.
En sus alegaciones, los servicios jurídicos del Estado advierten de que el censo no permite realizar esa separación con la rapidez que exige el calendario electoral. Por ello, plantean que no sería viable aplicar la suspensión de forma individualizada sin afectar también a otros electores residentes en el extranjero.
El Gobierno ha recurrido las medidas cautelares y ha pedido que se dejen sin efecto. La Abogacía del Estado defiende que la imposibilidad de identificar a los afectados no debe traducirse en una restricción general del derecho al voto de ciudadanos que adquirieron la nacionalidad por otros motivos.
Los servicios jurídicos también cuestionan la interpretación de los demandantes y advierten de que una exclusión indiscriminada podría perjudicar a descendientes de españoles exiliados, cuyo derecho al sufragio ha sido objeto de protección legislativa.
La Fiscalía pide inadmitir una querella contra Sofía Puente
En otro procedimiento, la Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado que se inadmita la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra Sofía Puente por un presunto delito de prevaricación relacionado con la instrucción octava adición que concreta los supuestos de la "ley de nietos", en cuestión.
El Ministerio Público fundamenta su petición en la existencia de cosa juzgada. Según explica, en 2022 se presentó otra querella contra la misma alto cargo, impulsada entonces por la Asociación por la Reconciliación Histórica, que terminó archivada mediante una resolución firme.
La Fiscalía considera que ambos procedimientos presentan identidad tanto en las personas implicadas como en los hechos denunciados. Por ese motivo, sostiene que el archivo firme del primer caso impide iniciar un nuevo procedimiento sobre los mismos hechos, sin que proceda entrar a valorar el fondo de la acusación.
La solicitud de la Fiscalía deberá ser examinada por el órgano judicial correspondiente. No constituye, por sí misma, una resolución definitiva del juzgado sobre la admisión de la querella.
El voto exterior, pendiente de una decisión del Supremo
Los procesos judiciales se producen en un momento de máxima incertidumbre sobre la aplicación de las medidas cautelares al censo exterior antes de la convocatoria electoral. El alto tribunal deberá resolver las alegaciones presentadas por las partes y determinar cómo se ejecuta su decisión, mientras sigue pendiente el análisis de fondo del litigio.
La controversia afecta al derecho al voto de los nuevos nacionalizos por la Ley de Memoria Democrática, sin embargo no afecta a la concesión de nacionalidades concedidas desde su aprobación en octubre de 2022. Así que hasta que el Supremo adopte nuevas decisiones, tanto la petición de aplazar las elecciones como el recurso del Gobierno continúan pendientes de resolución.
Quien parece no tener dudas sobre el voto emigrantes es el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, que ha defendido que "la nacionalidad conlleva el derecho al voto" y ha rechazado la posibilidad de que existan españoles con y sin derecho a sufragio. "La nacionalidad conlleva el derecho al voto. No es que puedas ser español con derecho a voto o español sin derecho a voto, sino que si eres español, tienes derecho al voto", ha explicado y recordó que la nacionalidad española para hijos y nietos de exiliados "se encuentran en el mejor espíritu de la Transición y ha añadido que el que está censado el 1 de agosto, es el que deberá votar"-
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