El Supremo mantiene la suspensión del derecho a voto para los nacionalizados por la ley de nietos
Elecciones
Aduce que la limpieza de las elecciones "prevalece" sobre el derecho de sufragio de miles de personas respecto a las cuales la administración "no ha aclarado las condiciones" en que permitió su inscripción en el censo. El gobierno estudiará si puede recurrir ante el Tribunal Constitucional o si solo pueden hacerlo los afectados.
El Tribunal Supremo ha decidido mantener la suspensión del derecho a voto de aquellos beneficiarios de la denominada ley de nietos que no hayan acreditado su condición de descendientes de exiliados de cara a las elecciones del 29 de noviembre.
De este modo, en sendos autos para los recursos de Vox y Iustitia Europa a los que ha tenido acceso La Región Internacional, el alto tribunal se mantiene en la decisión tomada el pasado 8 de septiembre y mantiene a los nuevos nacionalizados sin posibilidades de participar en los próximos comicios.
Según su criterio, la limpieza de las elecciones "prevalece" sobre el derecho de sufragio de miles de personas respecto a las cuales la administración "no ha aclarado las condiciones" en que permitió su inscripción en el censo.
"Persisten las razones que llevaron a esta sala a adoptar una medida tan excepcional como la de acordar la suspensión cautelar de las inscripciones en el CERA y de los efectos electorales de las inscripciones ya realizadas", sostiene la Sala de lo Contencioso-Administrativo, frente a la alegación tanto de la Abogacía del Estado como la Fiscalía de que no había tiempo antes de las elecciones para revisar antes el censo de residentes en el extranjero.
Y es que, como sostiene el tribunal, si bien el adelanto del proceso electoral le obligó a reflexionar sobre la medida cautelar tomada, el hecho de que la administración "haya omitido en su integridad" sus obligaciones le hace reafirmarse en su decisión. "No puede alegarse —aduce— imposibilidad material de ejecución de una orden judicial cuando la causa del incumplimiento reside en la propia administración responsable de cumplirla".
Dudas sobre el censo exterior
De fondo, señala el riesgo de que se constituya el censo "sin las exigencias de exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia que exige la celebración de un proceso electoral en una democracia parlamentaria representativa como es la española", al tiempo que advierte de que el volumen de nacionalizados podría tener "un impacto importante" en muchas circunscripciones.
Así pues, no podrán inscribirse en el Censo Electoral de Residentes Ausentes las personas que hayan obtenido la nacionalidad española de origen al amparo de la ley de nietos y parte de los ya inscritos no podrán votar el próximo 29-N. Esta suspensión del derecho a sufragio, en cambio, no regirá para las personas que sí hayan acreditado debidamente la condición de descendientes de exiliados, tal y como recoge el auto.
Según los datos aportados por la Abogacía del Estado, la suspensión afecta a unas 163.020 personas.
Acreditación
El origen de este caso es un documento firmado por la hermana del ministro Óscar Puente que amplió los supuestos recogidos en la ley para conceder el pasaporte español. Por ejemplo, señalaba a los funcionarios que todas aquellas personas que hubieran salido de España durante la primera mitad de la dictadura franquista se considerarían exiliados sin tener que acreditar esa condición.
Voto particular
Al igual que cuando se dictaron las medidas cautelares, el pasado mes de septiembre, una de las seis magistradas que componen la sala ha emitido un voto particular para mostrar su rechazo a la decisión mayoritaria.
A su juicio, la convocatoria electoral introdujo "un elemento nuevo y decisivo" en el juicio cautelar, al convertir en irreversible la eventual lesión del derecho de sufragio de los afectados.
"La preservación del ejercicio efectivo del derecho fundamental de participación política debía prevalecer sobre el mantenimiento de una medida provisional sustentada en una controversia jurídica todavía pendiente de resolución definitiva", defiende Alicia Millán Herrandis.
El gobierno estudia recurrir
Ante la decisión del Supremo, el gobierno estudiará si puede recurrir ante el Tribunal Constitucional, a la vista de que para "algunos" el derecho de voto no parece "relevante", o si solo pueden hacerlo los afectados.
"Una democracia no puede tener ciudadanos de primera y de segunda", había defendido previamente el presidente del gobierno, Pedro Sánchez, mientras el líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, había mostrado su confianza en que el Supremo sería "consecuente" con las medidas cautelares.
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