Las comunidades de propietarios, ante la Ley de Dependencia y Discapacidad

Publicado: 03 mar 2025 - 00:50 Actualizado: 03 mar 2025 - 09:33

Opinión en La Región.
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Recientemente el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley que recoge la reforma de la Ley de Dependencia y la Ley de Discapacidad. Una de las medidas más importantes afecta a la accesibilidad en edificios en régimen de propiedad horizontal.

Según datos del Comité de representantes de personas con discapacidad aproximadamente unas cien mil personas se encuentran atrapadas en sus hogares porque los edificios no cuentan con las instalaciones para salvar los elementos arquitectónicos que afectan a la accesibilidad, pero no solo eso, ya que estas reformas no se limitan a la supresión de barreras físicas o a la adaptación de elementos referidos a la movilidad. Su objetivo es asegurar la accesibilidad universal, lo que incluye, por ejemplo, instalar videoporteros si algún vecino con discapacidad auditiva lo solicita.

En concreto, la norma prevé modificar el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal, a fin de que todas las actuaciones para asegurar la accesibilidad universal resulten obligatorias, igual que las de estanqueidad o las relacionadas con la seguridad de los edificios.

Donde haya personas con movilidad reducida, como las personas mayores y personas con discapacidad solamente basta con que el vecino afectado solicite las mencionadas obras de accesibilidad. El resto de los comuneros no van a poder negarse a las obras para hacer accesible sus portales o zonas comunes si alguien con necesidades especiales en la comunidad lo pide. Es otra de las novedades que trae la nueva Ley de dependencia y discapacidad.

Para disminuir la burocracia, la norma reconoce a las personas dependientes (de cualquier grado) una discapacidad del 33%

Dicha reforma normativa persigue mejorar la calidad de vida de las personas dependientes elevando a categoría de derecho fundamental la accesibilidad universal. Se trata de obras fundamentales la más habitual la de instalación de un ascensor obligando a las mismas a solicitar todas las ayudas y subvenciones para la ejecución de las obras.

Relacionado con esta nueva normativa, el Gobierno de España rebaja el porcentaje del 75% al 70% del importe de las obras o actuaciones realizadas que deberán cubrir las ayudas y subvenciones concedidas. Esta medida tiene como finalidad mejorar el requisito para acceder a las mencionadas ayudas.

Para disminuir la burocracia, la norma reconoce a las personas dependientes (de cualquier grado) una discapacidad del 33%. Les evita tener que solicitarlo, ser valorados, etc. lo que reducirá las listas de espera, salvo que el dependiente quiera tener el reconocimiento de una discapacidad mayor.

Ahora, se introducen tres obligaciones articuladas por el Ministerio de Derechos Sociales:

  • Las Administraciones públicas estarán obligadas a dar subvenciones para accesibilidad.
  • Las comunidades de vecinos están obligadas a solicitarlas y, si cubren al menos el 70% del coste de la obra, a ejecutarla.
  • De lo contrario, el vecino vulnerable podrá acudir a la Justicia. Porque la accesibilidad pasa de ser un principio a ser un derecho.

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