Impuesto Sobre la Renta de No Residentes (IRNR): claves y novedades

Publicado: 24 jun 2024 - 05:21

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) es un tributo esencial que grava las rentas obtenidas en España por personas físicas y entidades no residentes. Regulados por el Real Decreto Legislativo 5/2004 y el Reglamento del IRNR, este impuesto garantiza una contribución equitativa de aquellos que, sin residir en el país, generan ingresos dentro de sus fronteras.

¿QUÉ ES EL IRNR?

El IRNR se aplica a las rentas obtenidas en territorio español por contribuyentes no residentes. Las rentas pueden provenir de diversas fuentes, como actividades económicas, inmuebles, dividendos, intereses y cánones, entre otras.

SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTARLO

Deben declarar el IRNR las personas físicas y entidades no residentes en España que obtengan ingresos en el territorio nacional, incluyendo:

  • Personas físicas: que obtengan rentas en España por arrendamiento de inmuebles, actividades económicas o inversiones.
  • Entidades: que generen ingresos a través de establecimientos permanentes en España o por la obtención de rentas inmobiliarias, dividendos, intereses y cánones.

PLAZO Y MODO DE PRESENTACIÓN

La presentación del IRNR se realiza mediante los modelos de autoliquidación establecidos por la Agencia Tributaria:

  • Modelo 210: para declarar rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente.
  • Modelo 211: retención en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente.
  • Modelo 213: gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DEL MODELO 210

  • Rentas de inmuebles arrendados: Trimestralmente, en los primeros veinte días de abril, julio, octubre y enero.
  • Ganancias patrimoniales: Tres meses desde la fecha del devengo de la renta.
  • Rentas imputadas de inmuebles urbanos: Anualmente, durante diciembre del año siguiente al de la imputación.
  • Rendimientos del trabajo y actividades económicas: Trimestralmente, siguiendo el calendario de las rentas de inmuebles arrendados.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DEL MODELO 211

  • Adquisición de bienes inmuebles: Un mes desde la fecha de la operación.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DEL MODELO 213

  • Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes: Enero del año siguiente al devengo del impuesto.

NOVEDADES EN LA LEGISLACIÓN DEL IRNR

Las recientes actualizaciones normativas incluyen:

  • Tipos impositivos: 19% para residentes en la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein; 24% para otros contribuyentes.
  • Deducciones aplicables: Donativos y retenciones practicadas.
  • Régimen especial para inmuebles: Imputación de renta por inmuebles situados en España, declarada por los no residentes, independientemente de su uso.

En conclusión, el IRNR asegura una contribución justa al sistema fiscal español de aquellos que obtienen rentas en España. Las actualizaciones normativas buscan simplificar el cumplimiento fiscal para los no residentes, promoviendo mayor transparencia y eficiencia en el sistema tributario.

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