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El Tribunal Supremo inadmitió el recurso del Concello de Ourense ante la decisión que anula el cese del interventor municipal, Gonzalo Alonso. En una providencia emitida el pasado 24 de junio, los magistrados señalan que no se fundamentó suficientemente que concurra alguno de los supuestos que permitan apreciar el interés casacional con el fin de crear jurisprudencia.
Además, la resolución indica que no se evidenció que la resolución recurrida -del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia- se apartase inmotivadamente de la doctrina jurisprudencial del Supremo.
Por otra parte, el Concello alegaba en su recurso que la sentencia podía ser gravemente dañosa para los intereses generales, un argumento que no comparten los magistrados en este caso, ya que apuntan a que el recurrente no da razones suficientes que prueben esta afirmación.
Por todo ello, el Supremo inadmite el recurso e impone las costas al Concello, que ya anunció que va a acudir al Tribunal Constitucional.
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