Un conductor de una furgoneta mató a una vecina de Toén con una maniobra marcha atrás: "Estaba en un ángulo muerto"

HOMICIDIO IMPRUDENTE

El trágico siniestro ocurrió frente a la farmacia de Toén, en donde el acusado dejó un pedido de medicamentos. Las acusaciones particulares piden un año de prisión, frente a la multa que solicita la Fiscalía

El agente de Tráfico que acudió al lugar declara en el juicio.
El agente de Tráfico que acudió al lugar declara en el juicio. | M. Sánchez

La Plaza 1 de la Sección Penal de Ourense dejó visto para sentencia pasadas las tres y media de la tarde de ayer el juicio contra Alberto M.L., un repartidor de Cofano acusado de atropellar mortalmente a Carmen Cruz, una vecina de Toén de 88 años. El trágico siniestro ocurrió la mañana del 21 de abril de 2023. El inculpado conducía una furgoneta Fiat Ducato que estacionó en el arcén izquierdo de la vía, delante de la farmacia, para realizar una entrega de medicamentos. A las 10,10 horas, inició una maniobra de marcha atrás con la intención de realizar un cambio de sentido hacia Ourense, momento en el que arrolló a la víctima.

Durante la vista oral, los testimonios evidenciaron la vulnerabilidad de la mujer. Caminaba apoyada en un bastón y solía transitar por el arcén debido a que su movilidad le impedía subir a la acera salvo en las zonas que contaban con rebaje, tal y como testificó la farmacéutica de la localidad. La médica del 061 confirmó en el juicio que la víctima falleció en el acto a causa de un traumatismo abdominal y torácico severo.

La mecánica del accidente fue letal: la furgoneta la golpeó primero y posteriormente le pasó por encima, provocándole la rotura de costillas, órganos y grandes vasos sanguíneos. El cuerpo tuvo que ser liberado de debajo del vehículo al quedar enganchado por la pierna izquierda.

 Maniobra prohibida

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico precisó que el conductor no podía estacionar en ese margen de la vía y que ejecutó un giro antirreglamentario. El acusado mantuvo la versión ofrecida durante la fase de instrucción, asegurando que se vio obligado a dar marcha atrás porque un coche aparcado delante le impedía avanzar, aunque ningún testigo pudo acreditar la presencia de dicho vehículo.

La fiscal califica los hechos como un delito de homicidio por imprudencia menos grave y solicita para el conductor 9 meses de multa a razón de 8 euros diarios, además de 9 meses de privación del permiso de conducir. En concepto de responsabilidad civil, exige a la aseguradora Occident GCO y, de forma subsidiaria, a la empresa Cofano, una indemnización de 30.232,50 euros para cada uno de los dos hijos de la fallecida, y de 22.793,40 euros para su único hermano.

Las acusaciones particulares endurecen las peticiones. La representación letrada de los dos hijos califica la acción de imprudencia grave y solicita un año de prisión o, subsidiariamente, 18 meses de multa a 10 euros diarios, reclamando 71.891,46 euros de indemnización para cada uno. El hermano de la víctima solicita un año de cárcel y 22.317,30 euros.

Frente a estas posturas, la defensa, ejercida por el abogado Neil González, pide la libre absolución tras calificar los hechos de imprudencia leve y penalmente atípica. El letrado argumentó que la víctima se encontraba a poco más de un metro de la parte trasera de la furgoneta cerrada, en un “ángulo muerto” que hacía “absolutamente imposible” que el conductor la viera por los retrovisores.

De forma subsidiaria, si la jueza aprecia responsabilidad penal, plantea una pena mínima de tres meses de multa (a cuatro euros diarios) y tres meses sin carné, invocando como atenuantes que el conductor intentó auxiliar a la víctima y el caso ha sufrido dilaciones indebidas.

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