Intercede en una discusión y horas después le queman el coche

“Estaba muy borracho”

Alfredo acusa a Jesús María D.S. de incendiar intencionadamente su furgoneta tras una discusión familiar, en un caso marcado por el estado de embriaguez del sospechoso, su confesión parcial y la petición de pena por daños e indemnización.

Jesús María D., ayer en el juicio en el Penal 1.
Jesús María D., ayer en el juicio en el Penal 1. | M. Sánchez

La furgoneta que solía conducir Alfredo quedó seriamente dañada en el incendio provocado en plena madrugada tras ser rociada de forma intencionada con gasolina. Estaba aparcada en la calle Rial, frente a la casa de su entonces novia, en Castrelo de Miño. Unas horas antes, había mediado en una discusión entre el tío de su pareja, Jesús María D.S., con otro de sus sobrinos. Según sostiene el denunciante, Jesús María ejecutó sus amenazas por interceder en la riña.

Alfredo estaba en casa de su expareja, junto a la madre de esta y sus otros dos hijos, cuando la joven, según explicó ella, salió a fumar. El resto de testigos sostuvieron que vio un reflejo a través de la ventana. Eran las 03.50 horas del 29 de diciembre de 2021. No tardaron en comprobar que eran los destellos de un vehículo en llamas. Cerca, a unos diez metros, encontraron al inculpado boca abajo en una acequia (la sobrina asegura que era una pía de cerdos). Todos coinciden en que estaba “totalmente borracho”.

Hubo que avisar a la Guardia Civil, que ya había estado en la casa a las 22.30 horas del 28 de diciembre por la crisis de nervios que sufrió el sobrino en el transcurso del incidente con su tío. Pero también acudió el GES para poder liberar a Jesús, abriendo una especie de camino con motosierras. La ambulancia posibilitó el traslado y las primeras atenciones médicas.

Jesús María D.S. no se reconoce como autor del fuego pese a que hasta su propia familia (su hermana y sus tres hijos) sospechó de él desde el primer momento, precisando que no lo vieron prender la cerilla. Tampoco lo negó con demasiado énfasis. “¿Pude ser yo? No lo sé”, aseguró ante la jueza.

Durante el interrogatorio, su memoria fue selectiva porque solo recordaba la ambulancia. “No recuerdo una discusión previa, solo que me llevaron en ambulancia, que amanecí en el hospital, y que mientras estaba en la acequia me pegó patadas Alfredo, que también me tiró un macetero, porque así me lo dijo mi sobrina”, explicó. Y también recordó con claridad que había ingerido mucho alcohol toda esa noche.

Confesión

El inculpado se molestó cuando el instructor del atestado declaró que había confesado delante de él cuando lo interrogó el 3 de enero de 2022. “Me reconoció que fue él, con la gasolina que estaba en la casa”, aseguró el agente de la Guardia Civil que declaró como testigo. Posteriormente, el abogado de la acusación particular recordó esta incriminación como “prueba contundente, categórica y fiable”.

La abogada reclamó la absolución en base a que nadie lo vio prender el fuego y el estado en el que se encontraba el acusado. “Estaba muy bebido y es imposible que ese estado pudiera coger una garrafa y prender el fuego porque no se podía mover”, aseguró. En caso de una condena, interesó la mínima pena –”no tiene trabajo y ningún tipo de ayuda”– con la aplicación de las atenuantes de embriaguez y dilaciones indebidas.

El fiscal fue implacable y no rebajó la pena a tenor de la embriaguez que todos admitieron. “Su memoria es selectiva y recuerda lo que le parece”, aseguró. Por esa razón, mantuvo su escrito de calificación provisional como petición de pena: 12 meses multa, a razón de 8 euros al día, por un delito de daños.

La acusación particular añade los 2.820 euros como indemnización por los desperfectos en el vehículo.

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