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El TSXG no autoriza la navegación sin motor y el baño en el embalse de Cachamuíña

"CONFLICTO CON OTROS VALORES"

El alto tribunal gallego ha denegado el recurso presentado por el Concello de O Pereiro de Aguiar para permitir navegar sin motor en el embalse de Cachamuíña. También han rechazado la posibilidad del baño en sus aguas, alegando “la falta de previsibilidad sobre proliferaciones y toxicidad” de cianobacterias

Publicado: 24 feb 2025 - 14:21 Actualizado: 24 feb 2025 - 22:58

Embalse de Cachamuíña.
Embalse de Cachamuíña. | Lucía Montáns.

El sueño de Pereiro de Aguiar de que el embalse de Cachamuíña se convierta en el parque del Retiro ourensano se topó con un dique en el TSXG. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestimó el recurso del Concello de O Pereiro de Aguiar contra la resolución de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil de finales de 2022 en la que le denegaba la solicitud de modificación de las condiciones de dicho embalse para autorizar el uso de embarcaciones sin motor.

El camino para convertir Cachamuíña en un espacio navegable comenzó a finales de 2021. El alcalde, Luis Menor, aseguró en esas fechas que, de materializarse dicha idea, supondría un gran complemento para este espacio verde que experimentó un gran crecimiento en los últimos años como atractivo turístico.

Además, en su recurso al TSXG, también alude, entre otros argumentos, que no habría riesgo de contaminación, ya que no existiría combustible de ninguna clase. Además, en cuanto a las cianobacterias, considera la posibilidad de prohibir el baño de forma puntual, igual que se hace en las playas de la costa. Por otra parte, solicitaba que subsidiariamente se considerase la autorización al baño, incluidas embarcaciones con eslora inferior a 2,5 metros.

Sin embargo, el alto tribunal gallego avala la decisión de la Confederación Hidrográfica de rechazar la solicitud de Pereiro de Aguiar. “Las razones son justificadas y resultan de la ponderación del posible conflicto con otros valores, singularmente la protección de la salud pública, de donde deriva la ausencia de arbitrariedad”, señalan los magistrados.

Al respecto, consideran relevante que se tuviese en cuenta el informe de la Dirección de Salud Pública sobre las consecuencias de la presencia de cianobacterias. Al respecto, el Concello de Pereiro señalaba que la concentración de estos microorganismos es muy superior en el embalse de Vilasouto, donde sí se autorizó la navegación de embarcaciones sin motor. Ante este razonamiento, la Confederación Hidrográfica argumenta que las reservas del embalse de Vilasouto no están vinculadas al suministro de agua de una población relevante o que tiene una capacidad diez veces superior.

En este sentido, los magistrados del TSXG indican que Cachamuíña es un embalse “de modestas dimensiones que, en determinadas épocas, puede no tener agua suficiente para la navegación”. Además, incide en que el titular de su aprovechamiento -el Concello de Ourense-, se opone a que se autorice la navegación, algo que es “extremadamente relevante” a la hora de denegar u otorgar la modificación de la concesión.

Por todo ello, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestima el recurso del Concello de Pereiro, que, si quiere mantener vivo su sueño del parque del Retiro ourensano, deberá presentar un recurso de casación.

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