La justicia dice no a la anulación del pleno de la moción de censura en Rairiz de Veiga

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La magistrada señala que en esta fase cautelar, sin prejuzgar el fondo del asunto, no concurren los requisitos necesarios para acordar la suspensión

Los panfletos que han repartido los vecinos por el Concello.
Los panfletos que han repartido los vecinos por el Concello. | Xesús Fariñas

El Tribunal de Instancia de Ourense ha rechazado la suspensión cautelar de la moción de censura en el Concello de Rairiz de Veiga, validando la convocatoria del pleno extraordinario que se celebrará hoy a las 12,00 horas. Esta decisión supone un revés para la actual alcaldesa socialista, Asunción Morgade, que intentaba frenar la maniobra orquestada por exconcejales del Partido Popular, del BNG y un edil tránsfuga de su propia formación.

La magistrada de lo Contencioso-Administrativo denegó la medida solicitada por la regidora para suspender la diligencia de Secretaría que avaló las firmas. La resolución destaca que los promotores comparecieron en el procedimiento para ratificar expresamente su voluntad de tramitar la censura.

El auto subraya que el secretario informó de que las rúbricas habían sido debidamente autentificadas, cumpliendo los requisitos legalmente exigidos. Según recoge el dictamen, el funcionario actuó dentro de las competencias que le atribuye la LOREG.

La magistrada señala que en esta fase cautelar, sin prejuzgar el fondo del asunto, no concurren los requisitos necesarios -periculum in mora, ponderación de intereses y fumus boni iuris- para acordar la suspensión, denegando así la paralización, aunque dejando abierta la posible apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza.

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