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RECURSO EN EL TSXG
Un hombre acudió a la Justicia para reclamar el desahucio de su exmujer, con el objetivo de que fuese condenada a dejar libre la vivienda, con trastero y plaza de garaje, que pertenece a la sociedad postganancial que ambos forman.
Argumentó el demandante que en el acuerdo de divorcio no se adjudicaba el uso del domicilio ganancial a ninguno de ellos a fin de facilitar su venta para pagar las deudas y, una vez satisfechas estas, repartir el dinero sobrante entre ambos. Sin embargo, el juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Verín 1 desestimó su petición al considerar que la demandada “ostenta un título de copropiedad por lo que su posesión material no es carente de título”.
Contra esta sentencia el hombre recurrió al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, quien le dio la razón. Los magistrados consideraron que ninguno tiene atribuido un derecho que le permita el uso exclusivo y excluyente de la vivienda y señalan que el demandante actúa en beneficio de la comunidad postganancial. Por ello admiten el recurso y condenan a su exesposa a que deje la vivienda, el trastero y la plaza de garaje.
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