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Tribunales en Ourense
Domingo González Nguyen, alias Mingos, de 65 años, no saldrá por ahora de prisión. La Audiencia de Ourense le ha vuelto a condenar por regentar un “narcopiso” en el número 2 de la Plaza de Covadonga. En la cocina del primer piso vendía papelinas de cocaína, heroína o cannabis -estaban expuestas en tarros por colores y tamaños- y en el salón dejaba consumir, siempre y cuando se guardase silencio y no sonase el móvil. Los agentes del grupo de Estupefacientes de la Comisaría cuando registraron la vivienda en el marco de la operación Vietnamita, encontraron a unos cuantos. Una agente llegó a decir en la vista oral que la vivienda “era un supermercado de la droga”.
En esta ocasión, siete años y cuatro meses de cárcel por undelito contra la salud pública y tenencia ilícita de armas (en la habitación tenía dos revólveres con munición). La sala le aplica la agravante de reincidencia ya que por los mismos hechos fue penado por una operación antidroga el 24 de febrero de 2016.
Los magistrados consideran probado en la sentencia que Mingos vendía un amplio surtido sin salir de casa. La Policía Nacional montó un dispositivo de vigilancia sobre la vivienda, durante el cual observaron “un constante movimiento de personas que acudían al mismo”. Los agentes interceptaron, entre agosto de 2020 y febrero de 2021, “a distintos compradores que salían de dicho domicilio con diferentes dosis de sustancias estupefacientes”. Por ese motivo, tras obtener autorización judicial, registraron el inmueble, en el cual decomisaron, además de dinero en efectivo, cocaína, heroína y cannabis. El precio de la droga en el mercado ilícito que superaría los 20.000 euros, según la resolución. Además, en el dormitorio principal localizaron revólveres aptos para el disparo, para los cuales el condenado carecía licencia.
La Audiencia no comparte las alegaciones de la defensa sobre que el registro estaba basado en conjeturas y, por lo tanto, reclamaba la nulidad del proceso penal. En la solicitud al juez, aportaron, recuerda la sala, “un muy variado grupo de actas de aprehensión de sustancias de consumidores que salían de esa casa”. Algunos de ellos incluso llegaron a manifestar a los policías que se las había vendido Mingos y su pareja.
“La solicitud de entrada y registro no se basó en meras sospechas o prospecciones sino en vigilancias policiales que dieron lugar a la interceptación de un plural conjunto de sustancias estupefacientes que, a la vista de las vigilancias, se desprende que habían sido compradas en la vivienda cuya entrada y registro se solicitaba”, recoge el fallo.
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