El Constitucional decide hoy sobre el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión del voto de afectados por la "ley de nietos"
SUSPENSIÓN VOTO EXTERIOR
Según diversas fuentes, una mayoría del pleno podría inadmitir el recurso por considerarlo prematuro, al entender que todavía no se ha agotado la vía judicial ordinaria y que el Tribunal Supremo mantiene abierto el trámite de alegaciones para las personas afectadas por la suspensión cautelar
El Tribunal Constitucional tiene previsto abordar este miércoles 21 de octubre la admisión o inadmisión del recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el derecho al voto de los españoles nacionalizados al amparo de la Ley de Memoria Democrática que no acrediten su condición de descendientes de exiliados.
El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha incluido el debate en el orden del día del pleno del tribunal, en el que sus doce magistrados deberán pronunciarse sobre la admisión del recurso y, en su caso, sobre la solicitud de medidas cautelares formulada por el Defensor del Pueblo, a pocas semanas de las elecciones generales y mientras las autoridades electorales deben organizar el envío de la documentación necesaria para que los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) puedan ejercer su derecho al sufragio.
Según diversas fuentes, una mayoría del pleno podría inadmitir el recurso por considerarlo prematuro, al entender que todavía no se ha agotado la vía judicial ordinaria y que el Tribunal Supremo mantiene abierto el trámite de alegaciones para las personas afectadas por la suspensión cautelar.
El Defensor del Pueblo solicita al Constitucional que aprecie una situación de urgencia excepcional y adopte de forma inmediata una medida cautelarísima para dejar sin efecto las resoluciones del Supremo que acordaron y confirmaron la suspensión del voto Asimismo, reclama que se ordene a la Junta Electoral Central mantener la situación censal anterior a esas resoluciones para que los españoles residentes en el extranjero afectados puedan participar en las próximas elecciones generales, si así lo desean.
La institución considera que la decisión del Tribunal Supremo puede vulnerar los derechos fundamentales a la igualdad, a la participación en los asuntos públicos y a la tutela judicial efectiva, y advierte de que los plazos del calendario electoral hacen necesaria una respuesta urgente para evitar que los afectados queden excluidos de los comicios.
El Supremo da 24 horas a las partes para alegar sobre la aplicación de la suspensión del voto
Paralelamente, el Tribunal Supremo ha concedido un plazo improrrogable de 24 horas a las partes personadas para presentar alegaciones sobre el procedimiento para aplicar la suspensión cautelar del derecho al voto, después de que la Junta Electoral Central solicitara indicaciones para cumplir las resoluciones judiciales.
Según una providencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el plazo para presentar los escritos finalizará a las 15:00 horas de este miércoles 21 de octubre, en un trámite que busca aclarar cómo debe ejecutarse la medida sin comprometer los plazos legales del proceso electoral.
La Junta Electoral Central ha comunicado a la Oficina del Censo Electoral que el primer envío de documentación electoral a los inscritos en el CERA puede realizarse entre el 24 y el 30 de octubre, siempre que se incluya una advertencia sobre la posibilidad de suspensión de los derechos electorales en los términos establecidos por el Supremo.
La JEC trasladó el acuerdo al alto tribunal para que determine si considera necesario ofrecer instrucciones adicionales sobre el procedimiento y los plazos de aplicación de la medida cautelar, dada la proximidad de las elecciones generales del 29 de noviembre.
Por su parte, Iustitia Europa ha solicitado al Supremo que advierta de las posibles responsabilidades penales por delitos electorales en caso de incumplimiento de sus resoluciones, mientras continúa la controversia jurídica sobre el alcance de la suspensión y sus consecuencias para los electores afectados.
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