El Gobierno impide trabajar a los menores expuestos al peligro

RIESGOS LABORALES

Trabajo autoriza estas actividades solo en contratos formativos bajo supervisión y prevención

Un soldador y un operario trabajando en una obra en Madrid.
Un soldador y un operario trabajando en una obra en Madrid.

El Ministerio de Trabajo somete a audiencia pública un anteproyecto de reforma de la normativa de prevención de riesgos laborales que actualiza reglas vigentes desde 1957. El texto prohíbe a menores de 18 años trabajar en actividades peligrosas como el contacto con animales feroces, el sacrificio industrial, empleos con ritmo impuesto por máquinas, trabajos con contenido pornográfico o violento, o aquellos que superen sus “capacidades físicas o psicológicas”, así como el uso de maquinaria peligrosa. Estas actividades solo se permiten en contratos formativos bajo condiciones de supervisión y prevención.

Se mantienen y actualizan otras prohibiciones, como la exposición a radiaciones, sustancias tóxicas, explosivos, minería, trabajos en altura o con riesgos eléctricos. Además, se incorpora al Estatuto de los Trabajadores el derecho a la integridad física y moral y a la protección frente a la violencia y el acoso. También se refuerza la protección frente a la discriminación en el empleo y en el acceso al trabajo.

El anteproyecto también ajusta el régimen sancionador, con reducciones del 40% en multas si se paga anticipadamente y se renuncia a recurrir, salvo en casos graves como accidentes laborales. Obliga a las empresas a establecer protocolos de reincorporación tras bajas prolongadas y a vigilar la salud física y mental de la plantilla con controles periódicos. Estas evaluaciones incluirán recogida de datos sobre exposición a riesgos y posibles daños derivados del trabajo.

Entre otras medidas, refuerza el papel de los delegados de prevención con más crédito horario, crea la figura del agente territorial para apoyar a pymes, mejora la formación preventiva y reduce los umbrales para exigir servicios de prevención propios. También limita a diez trabajadores el máximo para que el empresario asuma personalmente la prevención.

La reforma busca adaptar la ley a nuevos riesgos, como los psicosociales, los derivados del cambio climático, el teletrabajo o la falta de desconexión digital. Introduce además la perspectiva de género y la diversidad generacional en la gestión preventiva, con especial atención a la adaptación de los puestos de trabajo. Asimismo, se refuerza la protección de trabajadoras embarazadas o en lactancia y se promueve una mayor sensibilización sobre riesgos ergonómicos y organizativos. El texto también impulsa una mayor participación de los trabajadores en la prevención dentro de las empresas. Según el Ministerio, la norma reducirá los costes sociales y económicos de la siniestralidad laboral y tendrá efectos positivos en la productividad y en el sistema productivo.

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