La Región
Nuestros municipios
El redescubrimiento del pueblo de Aceredo plantea una cuestión jurídica importante: la de si los vecinos son propietarios de las viviendas que hoy han emergido y puedan recuperar las piedras de sus viejas casas. Eso depende de si vendieron sus terrenos, viviendas incluidas, o si sólo firmaron la aceptación de la indemnización por privarles de su posesión, es decir, de su uso, porque es evidente que al quedar sumergidas no pueden usarlas. Si fue este segundo caso, ahora puede recuperar esas piedras si su valor en el mercado, con los desarrollos tecnológicos, compensa el coste de su demolición y traslado.
Otra cuestión interesante se refiere a la propiedad de las piedras de la iglesia que trasladaron a su costa y, quizá, con financiación del Ayuntamiento que seguro que la Iglesia, siguiendo una tradición secular, no ha puesto ni un duro de los de entonces.
¿Qué hizo la Iglesia? ¿vendió la propiedad o simplemente aceptó la indemnización por pérdida de uso?
En el primer caso los propietarios de las piedras transportadas de un edificio abandonado -res derelicta- es de quienes pagaron la demolición, traslado y reconstrucción.
Resultaría, en este caso, que la propiedad del edificio de la iglesia, sería de los vecinos.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
Lo último