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Falló, de entrada, el sistema cuando fue incapaz de detectar que una menor estaba siendo víctima, entre los 12 y los 16 años, de un depredador sexual camuflado de profesor de música. Primero sin que el verdugo desvelase su identidad a través de Internet y después con violaciones “a modo de práctica sádica”. Su personalidad camaleónica era tal que acudía a los actos feministas como exmilitante de Ourense en Común y En Marea.
También falló la escuela, donde la orientadora y dos profesoras creían que todo eran imaginaciones de la alumna. Incluso la invitaron a marcharse del colegio "por si se suicidaba tirándose de una ventana".
El pederasta impartió clases durante tres años desde que se presentó la denuncia. “Campaba a sus anchas con potenciales víctimas a su alrededor”, señalaron desde la Marcha Mundial das Mulleres, la coordinadora que se movilizó al inicio del curso 2024-25 para que la Xunta impidiese su incorporación al aula dos meses después de que la Audiencia de Ourense lo condenase a 13 años de cárcel.
Desde entonces hizo su vida como quiso y huyó a Cuba en julio de 2025, poco antes de que el Supremo confirmase la sentencia, lo que evidenció las grietas del sistema judicial y también de la Policía, incapaces de proteger a la víctima y a potenciales víctimas durante todo el proceso. Así fue cómo Martiño vendió su piso en la calle doctor Temes en junio de 2025, ¿nadie se dio cuenta en Ourense de lo que planeaba?, y cruzó el charco vía Portugal. Estuvo en Brasil y Perú hasta que recaló en La Habana, donde bajo el nombre de Martín Soto construyó una fachada de fotógrafo sin barba ni coleta y llevaba una vida social abierta que incluso compartía en redes sociales hasta que fue detenido.
Martiño pudo viajar a Latinoamérica porque ni durante la instrucción del procedimiento penal, tras la denuncia de la menor en septiembre de 2021, ni posteriormente cuando fue condenado en primera instancia (17 de julio de 2024) ni tras la confirmación del alto tribunal gallego (TSXG), ninguna de las acusaciones -Fiscalía y Acusación Particular- acordó la retirada de su pasaporte o comparecencias judiciales periódicas.
La sala enjuiciadora, cuando recayó el fallo del TSXG, pudo convocar de oficio a las partes a una comparecencia para que solicitaran la adopción de medidas cautelares y tampoco lo hizo a la espera del pronunciamiento del Supremo en julio de 2025. El viernes 25 de abril de 2026 durmió por fin en una cárcel española al aceptar voluntariamente la extradición desde Cuba tras 150 días en una prisión cubana.
La pregunta que le fórmulo es la siguiente: si la actuación de la Justicia en este caso tuviese que sentarse en un banquillo con jurado popular, ¿usted qué veredicto dictaminaría... inocente o culpable?
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