Accesibilidad y seguridad en los edificios

Publicado: 03 abr 2025 - 00:05

Opinión en La Región.
Opinión en La Región. | La Región

La accesibilidad en casas o edificios no solo debe ser una obligación, sino que es un derecho, y así debe entenderse, y así lo creo firmemente. Una vivienda es un hogar donde una persona debe desarrollarse plenamente, y no una barrera para aquellas personas con problemas de movilidad. Y que, unas escaleras, o no tener un ascensor, no sean un impedimento para acceder a su accesibilidad exterior.

La accesibilidad en casas o edificios no solo debe ser una obligación, sino que es un derecho, y así debe entenderse, y así lo creo firmemente.

Recientemente, se ha aprobado el anteproyecto para reformar la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social y la Ley de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, que contempla hacer obligatorias todas las obras de accesibilidad en los edificios de viviendas donde residan personas con discapacidad. En concreto, la norma prevé modificar el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal, a fin de que todas las actuaciones para asegurar la accesibilidad universal resulten obligatorias, igual que las de estanqueidad o las relacionadas con la seguridad de los edificios. Normativa que será de obligado cumplimiento para todas las Administraciones competentes y que va en la línea de ofrecer ayudas económicas para realizar obras de accesibilidad en edificios de viviendas. Aunque también, la de obligar a la comunidad de vecinos de cada edificio a solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita.

Estas mejoras supondrán obras o la instalación de servicios que mejoren la accesibilidad de los residentes, como pueden ser ascensores, rampas u otros dispositivos mecánicos y electrónicos, siempre y cuando resulten necesarios para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad.

Este anteproyecto también cambiaría la cuantía económica que la comunidad de vecinos debe abonar, rebajándola del 75% al 70% del total del coste, mientras que el 30% restante correrá a cargo de las Administraciones Públicas. Aunque la nueva norma destaca que el importe anual abonado por los propietarios no debe exceder las 12 mensualidades ordinarias.

Este anteproyecto también cambiaría la cuantía económica que la comunidad de vecinos debe abonar, rebajándola del 75% al 70% del total del coste

Y comienzo con los datos de accesibilidad en Ourense municipio:

Viviendas sin ascensor:

-14.569 viviendas

-33,94% del total de viviendas

Viviendas con deficiencia en la accesibilidad a las viviendas para personas con movilidad reducida:

-11.794 viviendas

-27,48% del total de viviendas

Viviendas con barreras arquitectónicas en la urbanización:

-10.631 viviendas

-24,77% del total de viviendas

Viviendas con ascensor y con acceso al portal sin escaleras:

Galicia: 389.067 viviendas (36,40%).

Provincias:

Ourense, 41.811 viviendas (32,67%)

Lugo, 45.191 viviendas (34,57%)

A Coruña, 182.205 viviendas (36,40%)

Pontevedra, 119.861 viviendas (33,11%)

Y en este punto quiero recordar que la Xunta de Galicia ya se ha adelantado a la entrada de la normativa, y ya ha destinado 5,3 millones a mejorar la accesibilidad en edificios y viviendas que hagan adaptaciones para personas con movilidad reducida o discapacidad. Las ayudas, de hasta 18.000 euros, permitirán eliminar barreras arquitectónicas con ascensores, ramplas o sistemas de guiado.

Contenido patrocinado

stats