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DGT
El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, que establece la obligación de inscripción de los vehículos de movilidad personal (VMP) conocidos como patinetes en el Registro Nacional de Vehículos, que gestiona la Dirección General de Tráfico (DGT) del Ministerio del Interior.
Así lo dio a conocer ayer el Ministerio del Interior, que explicó que la puesta en marcha de este registro era “imprescindible” para dar cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025 de 24 de julio, que modificó la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para introducir la obligación de asegurar todos los vehículos de movilidad personal, que entró en vigor el pasado 2 de enero pendiente de la puesta en marcha del registro.
En este sentido, Interior explicó que el registro y la inscripción previa de los VMP es “requisito indispensable” para obtener el seguro obligatorio. Por este motivo, los propietarios (o tutores legales en caso de menores) de los más de 4 millones de vehículos de este tipo que se estima circulan por las vías urbanas españolas “deberán realizar este trámite administrativo una vez que ya se ha habilitado el procedimiento”.
Los titulares de los VMP podrán hacerlo de forma telemática en la sede electrónica de la web de la DGT y el teléfono 060 ofrecerá ayuda a los usuarios en el proceso de registro e inscripción de su VMP en caso de necesitarlo. Respecto a los VMP que cuentan con el certificado de circulación, el Ministerio detalló que estos vehículos cumplen los requisitos establecidos para contar con una serie de garantías de calidad mínimas.
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